Mercado de Compras
Públicas - MCP
Es el mercado especializado de la Bolsa Mercantil de Colombia – BMC, para atender las necesidades de compra de las Entidades Estatales, mediante un proceso de selección abreviada que reglamenta la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 a través del Reglamento de Funcionamiento y operación de la misma Bolsa.
Su objetivo es realizar negociaciones en condiciones de mercado, para la compra de bienes de características técnicas uniformes y/o productos de origen o destinación agropecuaria con destino a las Entidades estatales.
En este mercado participan:
Entidad Estatal (Comprador)
Entidad que se encuentra en la facultad de adelantar sus procesos de compra bajo la modalidad de selección abreviada donde a través de una Sociedad Comisionista Miembro de la BMC, la entidad adquiere bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización
Proveedor (Vendedor)
Persona natural o jurídica que actúa a través de una sociedad Comisionista Miembro de Bolsa y que suministra los bienes, productos y/o servicios objeto de una operación del MCP. Este los entrega a la Entidad Estatal de acuerdo con las condiciones pactadas en la negociación y recibe el pago total de esta última en el plazo convenido.
REQUISITOS
- Entregue a su operador autorizado el formato de vinculación MYB diligenciado y anexe documentos requeridos, publicados en el link “Vinculaciones” de nuestra pagina web www.mercadoybolsa.com
- Una vez el área de cumplimiento autorice su vinculación como cliente, su operador autorizado se lo comunicará.
- Suscriba contrato mandato para la operación de su interés.
VENTAJAS
Ventajas para la Entidad Estatal (Comprador)
- Seguridad
Es un mercado ciego en el que los compradores y vendedores actúan a través de las sociedades comisionistas de bolsa (SCB), las cuales, junto con la Bolsa Mercantil son vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia.
- Asesoría permanente
Acompañamiento constante de las SCB y la BMC desde la estructuración del negocio hasta la terminación de la operación.
- Especializado
Atiende las necesidades de compra de las Entidades Estatales cumpliendo con los principios de la contratación estatal.
- Agilidad
Las Entidades pueden comprar de manera ágil y oportuna en aproximadamente 22 días hábiles.
- Seguridad de la operación
La Bolsa cuenta con un Sistema de Compensación y liquidación que busca el cumplimiento de la operación en la entrega tanto en tiempo como en calidades del bien o servicio adquirido.
- Eficiente
Puede optimizar su presupuesto representado en menores precios o mayor cantidad posible adjudicada.
- Gestión de la operación
La Bolsa Mercantil de Colombia cuenta con el mecanismo de Comité arbitral para la solución de controversias que se generen con ocasión de las operaciones.
- Flexibilidad en el proceso
La Bolsa Mercantil de Colombia ofrece una amplia oferta de productos y servicios para ser negociados; así como un sistema de garantías líquidas.
Ventajas para un Proveedor (Vendedor)
- Canal de comercialización
Las empresas vendedoras o proveedoras encontrarán en la BMC un nuevo canal de comercialización a nivel nacional.
- Financiación:
Los proveedores de este mercado pueden obtener financiación por parte de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia mediante nuestro producto Órdenes Irrevocables de Giro – OIG’s.
- Asesoría permanente
Las empresas cuentan con una asesoría permanente por parte de las Sociedades Comisionistas de Bolsa y un acompañamiento constante de la BMC durante todo el proceso de la negociación en el escenario bursátil
- Seguridad de la operación
La Bolsa cuenta con un Sistema de Compensación y liquidación que busca el cumplimiento de la operación en la entrega tanto en tiempo como en calidades del bien o servicio adquirido.
OPERATIVIDAD
Etapas en un proceso del MCP.
- Paso 1
Efectuar el proceso de vinculación con la sociedad comisionista y en el Sistema de Registro de Proveedores SRP de la BMC
- Paso 2
Manifestar la intención de Participar en un proceso del MCP y entregar los documentos a Mercado y Bolsa del para su trámite en BMC.
- Paso 3
Recibe toda la información propia del negocio para su cumplimiento en caso de ser adjudicados.
- Paso 4
Acreditar la entrega del producto y/o servicio y recibir los pagos derivados de los mismos.
TARIFAS
Punta Vendedora:
Tipo de Operación | Registro BMC * | Compensación y liquidación * | Tarifa Mínima por Punta * | Tarifa Adicional Por Firma Electrónica y Procesamiento | Comisión |
---|---|---|---|---|---|
Físico Disponible | 0,265% | 0,185% | No Aplica | COP 28 | Se determinara teniendo en cuenta principalmente el monto de la negociación y la liquidez del subyacente, sin exceder una comisión máxima del 5,00% |
Forward (Hasta 360 días) | 0,30% * | 0,21% * | No Aplica | COP 28 |
Tarifas Establecidas por la BMC. Aplicables de forma plena sobre el valor del negocio ejecutado.
** Se aplica lo estipulado en Artículo 1.7.5.1.2.- Circular Única de Bolsa.
– En el establecimiento de la tarifa de comisión para este tipo de operaciones se tendrán en cuenta los parámetros de las políticas generales del presente manual, así como aspectos tales como el nivel de riesgo asumido y la dificultad de la ejecución de la operación, evaluando la frecuencia y cantidad de entregas parciales, número de puntos de entrega y logística adicional de la operación.
– La comisión de operaciones de Mercado de Compras Públicas (MCP) deberá ser cancelada por el mandante, de manera conjunta con los costos a favor de la Bolsa Mercantil de Colombia, sin exceder los plazos de pago de producto recibidos a su favor, salvo autorización de los representantes legales.
Punta Compradora: .
Tipo de Operación | Registro BMC * | Compensación y liquidación * | Tarifa Mínima por Punta * | Tarifa Adicional Por Firma Electrónica y Procesamiento | Comisión |
---|---|---|---|---|---|
Físico Disponible | 0,21% - 0,265% ** | 0,185% | No Aplica | COP 28 | Comisión máxima determinada por Entidad Estatal Según rueda de Selección |
Forward | 0,21% - 0,3% ** | 0,21% | No Aplica | COP 28 |
* Tarifas Establecidas por la BMC. Aplicables de forma plena sobre el valor del negocio ejecutado.
** Depende del volumen de las operaciones celebradas.
*** Se aplica lo estipulado en Artículo 1.7.5.1.2.- Circular Única de Bolsa
– Para el establecimiento de la tarifa de comisión en el mercado MCP por punta compradora y la selección del comisionista que representará la Entidad Estatal, se seguirá el procedimiento establecido por la Bolsa Mercantil de Colombia de Subasta Holandesa, donde la comisión máxima dependerá de lo estipulado por la Entidad.
Para el establecimiento de la tarifa de comisión en el mercado MCP por punta compradora y la selección del comisionista que representará la Entidad Estatal, se seguirá el procedimiento establecido por la Bolsa Mercantil de Colombia de Subasta Holandesa, donde la comisión máxima dependerá de lo estipulado por la Entidad.
– El valor propuesto por Mercado y Bolsa obedecerá al análisis histórico comercial, costos operativos – comerciales implícitos y determinación de amenazas y oportunidades del negocio.
– El valor final de comisión asignado obedecerá al valor determinado en el escenario de la BMC, de acuerdo con el procedimiento establecido de subasta holandesa. El porcentaje de comisión a cobrar por Mercado y Bolsa se calculará con base en el valor de las operaciones que se celebren en la rueda de mercado abierto de la Bolsa Mercantil de Colombia, en nombre propio y por cuenta de cada cliente. Dicho valor no incluye los impuestos, tasas, contribuciones, descuentos y retenciones aplicables a la operación
MARCO NORMATIVO
- Ley 80 de 1993
LEY 80 DE 1993 (suin-juriscol.gov.co)
- Ley 1150 de 2007
LEY 1150 DE 2007 (suin-juriscol.gov.co)
- Decreto 1082 de 2015
DECRETO 1082 DE 2015 (suin-juriscol.gov.co)
- Reglamento de Funcionamiento y Operación de la BMC
Reglamento | Bolsa Mercantil de Colombia
- Circular Única de bolsa.